Seguro de Auto

Asegurá con nosotros con compañías lideres del mercado y a un excelente precio con nuestros convenios exclusivos. Brindamos el mejor asesoramiento para que protejas tu vehículo ante cualquier imprevisto.

Responsabilidad Civil

Robo, Hurto e Incendio Parcial y Total

Destrucción total por accidente

Daños parciales al amparo del Robo total

Daños parciales con y sin franquicia

Roturas de cristales

Cerraduras

Daños por granizo

Daños por inundación

Extensión de cobertura a países limítrofes

Defensa penal

Asistencia mecánica y remolque

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    Preguntas frecuentes acerca de los Seguros para Automotores

    ¿ES OBLIGATORIO?

    Sí, es obligatorio tener seguro. El artículo 68 de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial Nº 24.449, establece la obligatoriedad de una póliza de Responsabilidad Civil, más conocido como seguro contra terceros. Esta cobertura está incluida en todos nuestros productos de Seguro Automotor.

    ¿CÓMO PUEDO PAGAR MI SEGURO?

    Si contratas tu seguro online podés pagar con débito desde tu cuenta bancaria o con tarjeta de crédito y tener descuentos en tu cuota.

    También podés contratar tu seguro por otros canales y pagarlo con:

    • Pago Fácil
    • Rapipago
    • Mercado Pago
    • Pago Mis Cuentas
    • Red Link
    • Provincia Net
    • Cobro Express

    ¿QUÉ TIPOS DE VEHÍCULOS PUEDEN ASEGURARSE?

    Se puede asegurar una gran variedad de vehículos: desde automóviles, pickups y camiones, hasta trailers y batanes. Tenemos una amplia gama de opciones para encontrar la que mejor se adapte a tus necesidades.

    ¿QUÉ SE ENTIENDE POR "TERCEROS COMPLETO"?

    La cobertura de terceros completo, además de cubrir la responsabilidad civil, contempla los daños a tu vehículo por incendio y/o robo total y/o parcial, además de la destrucción total por accidente. También, se pueden agregar adicionales tales como Cristales, Cerraduras, Granizo, entre otros!

    ¿POR QUÉ ELEGIR UN SEGURO "TODO RIESGO"?

    Es el producto más completo de nuestro portfolio. Además de proteger frente a lo que se pueda ocasionar a un tercero, esta cobertura da respuesta frente a los daños que pueda ocasionar a su propio auto, aunque seas el culpable del siniestro.
    O dicho de otra forma, si provocas un accidente de tráfico, con un seguro de terceros completo no tienes cubiertos los daños que sufra tu propio vehículo, mientras que con el todo riesgo, gracias a esta cobertura, la aseguradora asume la reparación de los mismos.

    ¿QUÉ DEBO HACER PARA EXTENDER MI COBERTURA A PAÍSES LIMÍTROFES?

    Todas nuestras pólizas cuentan con cobertura en países limítrofes y/o del Mercosur, la cual estará detallada en un certificado especial dentro de la póliza. No es necesario que la solicites ocasionalmente.

    ¿ES OBLIGATORIO PRESENTAR EL COMPROBANTE DE PAGO DEL SEGURO?

    El artículo 40º de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial nº 24.449, establece en su inciso c) que -para poder circular- el conductor de cualquier vehículo automotor debe portar “el comprobante de seguro en vigencia, que refiere el artículo 68” de dicha norma.

    Esta obligación fue oportunamente reglamentada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, mediante el dictado de las Resoluciones 21.999/22.058 y la Circular 3.809, que establecieron el formulario-tipo que las entidades aseguradoras deben extender para que el titular del automotor pueda acreditar la existencia del contrato de seguro y su respectiva vigencia.

    En esa materia, en la XXXVII Asamblea del Consejo Federal de Seguridad Vial celebrada en la ciudad de Ushuaia los días 5 y 6 de diciembre del 2006, se concluyó que “PARA PODER CIRCULAR , NO SE DEBERÍA REQUERIR EL COMPROBANTE DE PAGO DE LA COBERTURA, DEBIENDO SER EXIGIBLE ÚNICAMENTE EL COMPROBANTE MENCIONADO EN LA RESOLUCIÓN 21.999”, decidiéndose asimismo solicitar que la Superintendencia de Seguros de la Nación se expidiera al respecto.

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